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Rehabilitar con ayudas

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Si se encuentra usted entre el 29 por ciento de la población que está pensando en acometer algún tipo de reforma en su vivienda, es muy probable que esta información le interese.

Concretamente, debe de saber que existen ayudas que le pueden facilitar a usted o su comunidad de vecinos la ejecución de rehabilitaciones en su vivienda o edificio. En este sentido, y para delimitar las actuaciones, el Ministerio de Fomento considera como rehabilitación cualquier obra que se efectúe para la mejora de viviendas y edificios, concretándose en este último caso en actuaciones relativas a la adecuación estructural y/o funcional.

Es decir, en el caso de viviendas, estaríamos refiriéndonos a la mejora de condiciones de habitabilidad, distribución interior, instalaciones eléctricas, de agua o gas, ventilación, iluminación natural, ampliación de superficie útil, etc. Por su parte, en los edificios, serían obras que van encaminadas a garantizar la seguridad en la estructura o a mejorar las condiciones de aislamiento térmico, accesibilidad, etc.

Las ayudas, que son gestionadas por las diversas Comunidades Autónomas, están disponibles para:

* Propietarios.

* Arrendatarios.

* Comunidades de propietarios.

Los requisitos previos son:

* Los ingresos familiares no pueden superar el 3,5 veces el SMI (para viviendas) o al menos el 60 por ciento de los usuarios de las viviendas debe tener ingresos familiares inferiores a 5,5 veces al SMI (para edificios).

* Antigüedad mínima de 15 años (excepto en el caso de que se trate de suprimir barreras arquitectónicas para personas con discapacidad o de adaptar las instalaciones a la normativa técnica que se haya aprobado con posterioridad a la conclusión del edificio).

* Se tiene que tratar de viviendas y edificios adecuados estructuralmente o, en su defecto, las obras deben conseguir este fin.

* En el caso de los edificios, la superficie útil destinada a vivienda tiene que ser como mínimo el 60 por ciento de la superficie útil del mismo. Asimismo, si se modifica la superficie útil destinada a vivienda, ésta no puede superar los 120 metros cuadrados.

Con respecto a los tipos de ayuda, podemos acceder a:

* Préstamos cualificados.

* Subsidiación de préstamos.

* Subvenciones.

Si desea más información, puede acceder a la web correspondiente del Ministerio de Fomento desde aquí  y, por supuesto, para acometer su rehabilitación con garantías, puede contar con Aedifica Arquitectura.